LA ASOCIACIÓN DEL CRFA
Juan Carlos Umpiri H.
En 1935 en el pueblo francés de
Sérignac-Péboudou; Jean Peyrat, Edouard
Clavier y Callewaert, fueron los primeros padres de familia que en forma
particular iniciaron con sus hijos una nueva propuesta educativa que hoy en
día se conoce como Educación en
Alternancia. Tres padres ayudados por el párroco de su comunidad, asumieron los
costos que demandaría la educación de sus hijos.
Estos tres padres de familia no eran
simples agricultores o peones de campo; ellos eran sindicalistas y dueños de
grandes extensiones de terrenos agrícolas.
Peyrat,
Presidente del Sindicato Agrícola de Sérignac-Péboudo. Estaba convencido de la
necesidad de una buena formación del agricultor para llevar eficazmente una
explotación agrícola y tenía un gran interés por los problemas políticos y
sociales del momento.
Callewaert.- Fue miembro del Secretariado
Central de Iniciativa Rural (SCIR).
Edouard
Clavier.- Era
un nuevo residente que acababa de instalarse en una explotación agrícola de
Sérignac-Péboudou con 25 hectáreas de terreno.
La nueva propuesta educativa buscaba
responder a la pertinencia y a las necesidades de una comunidad agrícola. Pero más que una
inquietud de ciertos padres de familia o grupo de pobladores, las necesidades
del contexto agrícola se extendía a toda Francia y por ello se formaron
diferentes movimientos y sindicatos que buscaban reivindicar la agricultura y mejorar el nivel de vida del agricultor.
Sindicatos y movimientos a los cuales pertenecieron los padres pioneros de la
educación en alternancia. La educación en alternancia se desarrolló no solo por
el esfuerzo de padres de familia o pobladores de la localidad sino también por
el respaldo de diferentes instituciones sindicales, como el movimiento SILLON
al cual estaba muy ligado Granereau, párroco de la comunidad de Sérignac-Péboudou; el SCIR del cual era miembro Jean Peyrat y
Marcel Couvreur y la Sección De
Aprendizaje Agrícola Para Los Jóvenes Agricultores.
Movimiento Sillón
Movimiento demócrata social de inspiración cristiana creado en 1899 por Marc
Sangnier. Tenía por objetivo organizar a
los agricultores en asociaciones profesionales, cooperativas y sindicatos agrícolas para lograr la
revaloración de las personas del medio rural, hacerles tomar conciencia de la
nobleza de sus aspiraciones y de la conveniencia de no “doblegarse” a poderes
externos. Como consecuencia de algunos choques con la Jerarquía de la Iglesia,
el “Sillón” desaparece, aunque no su influencia, que se manifestará poco
después en el Secretariado Central de iniciativa Rural.
Secretariado
Central De Iniciativa Rural(SCIR) Secrétariat Central d’Initiative Rurale.
Instituido oficialmente en 1920 bajo el amparo de leyes sindicales, recoge el
germen sembrado por el “Sillón”. Se plantea la organización de sindicatos
profesionales agrícolas – independientes y autónomos: nunca pretendió el SCIR
ser un movimiento de masas – “para agrupar a los demócratas rurales, colaborar
con todas las Asociaciones profesionales agrícolas existentes y reavivar el
amor a la tierra renovando la vida socioeconómica del medio rural francés”.
Para ello, prevé en sus estatutos de 1935 (artículo 1), la creación de una
sección de aprendizaje agrícola para los jóvenes agricultores y de formación
permanente de adultos.
Sección De Aprendizaje Agrícola
Para Los Jóvenes Agricultores Y De Formación Permanente De Adultos.
El objetivo de esta sección (art.
2), es “proporcionar a los jóvenes agricultores una formación intelectual y
profesional, complementada por la formación social, moral y religiosa capaz de
convertirlos en los líderes de los profesionales de su entorno”. En el art. 3,
describen los beneficios del internado y del contacto permanente con las
familias y con el medio social.
Entre
los artículos 4 y 9, definen las características de la formación: un centro de
aprendizaje agrícola creado por los padres miembros del SCIR interesados en la
formación señalada en el art. 2; que durará tres años; que estará a cargo de un
educador y/o un monitor de estudios agrícolas; que entre octubre y abril, una
semana por mes (18 semanas durante los tres años) los jóvenes atenderán clases
presenciales en pequeños grupos para los cursos profesionales y para recibir la
formación social, moral y religiosa; que en esos periodos, los padres proveerán
lo necesario para la alimentación y otros gastos de funcionamiento
contribuyendo para ello con 300 francos al año... Por último, especifican que
los padres, durante las tres semanas de estancia en la explotación, encargarán
a sus hijos las labores prácticas normales reservando una o dos horas al día
para el trabajo intelectual de los adolescentes.
En el primer año de la nueva
experiencia de educación en alternancia; los cuatro estudiantes desarrollaban
su labor educativa internándose durante una semana en la casa parroquial, acompañados
y dirigidos por el párroco Granerau; y durante las otras tres semanas del mes, en
los fundos agrícolas de sus familias, los estudiantes desarrollaban labores prácticas
relacionadas a su formación. Las familias se comprometieron a vigilar-observar (monitorear) a sus
hijos durante la estadía en sus hogares.
Luego del primer año el número de
estudiantes se fue incrementando paulatinamente y ante este incremento se hace
muy necesario contar con una infraestructura adecuada para que los estudiantes
puedan desarrollar cómodamente su labor educativa. Para atender las necesidades
y promover el desarrollo de la nueva práctica educativa, en 1937 se crea por parte de los promotores una
asociación que se hizo cargo del alquiler y luego la compra de una casona a la
cual los franceses denominaron Maison Familiare Rurale que en español significa
casa de las familias rurales. También contratan a Jean Cambon (ingeniero
graduado recientemente en la Escuela de
Purpan) como el primer mouniteurs que en español significa
instructor.
La educación en alternancia nace de
una iniciativa privada, fueron las familias asociadas quienes asumen los gastos
que demanda la educación de sus hijos, compran el local y pagan al instructor;
por lo tanto la asociación es dueña del colegio y con mucha razón pueden
decidir a quién contratar o no contratar
en su colegio, así como también determinar las funciones que deben tener las
personas o profesionales que se contratan.
En los Centros Rurales de Formación en
Alternancia creados y promovidos por el Ministerio de Educación de Perú, la
infraestructura de estas Instituciones Educativas ha sido construida por el estado, en terrenos
del estado o en terrenos cedidos en enajenación perpetua a favor del estado. El
estado es quien paga a los profesores, personal docente, administrativo y de
servicio. Por ello es el estado quien tiene injerencia en la contratación y
determinación de las funciones de su personal.
La realidad de Francia, el contexto,
la idiosincrasia y la coyuntura es muy diferente a la realidad y el tiempo en
que se inició la educación en alternancia en el Perú. Francia es un país con
grandes extensiones de terrenos agrícolas lo cual difiere de la realidad de
nuestro país.
En los primeros años de funcionamiento
de los Centros Rurales de Formación en Alternancia de Perú, solían denominar Asociación Promotora al grupo de
personas que organizados formaban parte de
la comunidad educativa del CRFA.. Esta denominación en nuestro contexto peruano
se entiende como una entidad particular y ello dificultaba el apoyo por parte
de instituciones del estado, quienes consideraban que el CRFA era un colegio
particular. Hechas las observaciones correspondientes, actualmente tal
denominación ha sido cambiada por Asociación
del CRFA.
Pedro Puig en su tesis
doctoral “Los Centros de Formación por Alternancia: Desarrollo de las Personas
y de su Medio” Sobre asociación del CRFA, afirma lo siguiente:
Podríamos decir que una
asociación es una agrupación de personas o entidades, que con un patrimonio
propio, se reúnen para obtener finalidades temporales o perpetuas (culturales,
económicas, asistenciales, científicas, etc.) de forma conjunta, superando los
intereses individuales, creando sinergias.
El código civil peruano en los artículos
80, 81 y 82 define algunos aspectos de la asociación transcritos a continuación.
Artículo 80.- La asociación es una
organización estable de personas naturales o jurídicas, o de ambas, que a
través de una actividad común persigue un fin no lucrativo.
Artículo 81.- El estatuto debe constar por
escritura pública, salvo disposición distinta de la ley.
Artículo 82.- El estatuto de la asociación
debe expresar:
-
La denominación, duración y domicilio.
-
Los fines.
-
Los bienes que integran el patrimonio social.
-
La constitución y funcionamiento de la asamblea general de asociados, consejo
directivo y demás órganos de la asociación.
-
Las condiciones para la admisión, renuncia y exclusión de sus miembros.
-
Los derechos y deberes de los asociados.
-
Los requisitos para su modificación.
-
Las normas para la disolución y liquidación de la asociación y las relativas al
destino final de sus bienes.
-
Los demás pactos y condiciones que se establezcan.
De lo
citado anteriormente podemos inferir que las personas que deseen formar parte
de una asociación tienen que ser
admitidas y registras en el padrón de socios; deben aportar al patrimonio de la
asociación y cumplir con sus obligaciones
para exigir sus respectivos derechos.
En
ciertas visitas a nuestro Centro Rural de Formación en Alternancia de Valle
Arriba de Tambo; algunos visitantes “Conocedores de Educación en Alternancia”
suelen conversar con padres y personas de la comunidad a quienes les dicen “ustedes
son los dueños del colegio y tienen derecho a participar en las asambleas y a
que se les informe sobre el desarrollo de las gestiones del colegio”. Lamentablemente a los padres y
pobladores no les dan la información completa, dado que toda persona que quiera
participar en la asamblea de alguna asociación; esta debe haber sido admitida
como socio y estar al día con sus obligaciones. Esta información a medias
tintas, dadas por algunos visitantes ha hecho
que algunos pobladores sin ser
socios quieran ingresar como dueños y exigir atribuciones que por norma no les
corresponde.
Reiteramos,
la iniciativa de Francia fue privada con el respaldo de organizaciones
sindicales locales, regionales y nacionales. Para ese contexto la denominación
asociación promotora era correcta, dado que la asociación asumía los costos y
gastos del proceso educativo, la asociación era dueña del colegio porque pagó
por ello, entonces tenían sus propios bienes patrimoniales y derechos sobre
ello.
En el
caso de los CRFAs de Perú la asociación no es dueña de los colegios. Es el
estado quien ha construido la infraestructura educativa, es el estado quien
paga a los profesores. Las diferentes instituciones particulares y públicas que
de una u otra forma han colaborado con los CRFAs, lo han hecho a favor de la
educación estatal. En las instituciones educativas del estado los padres de
familia gestionan a nombre del colegio mas no a nombre de la asociación. Los
bienes adquiridos por donación pasan a formar parte los bienes colegio y del
estado, más no así al patrimonio de alguna asociación.
Por la forma en que se originó en Francia; en los Centros Rurales de
Formación en Alternancia del Perú, se ha optado también que en estas
Instituciones Educativas se conforme la asociación del CRFA, en lugar de las
APAFAS, con el único sustento de que en la asociación es permisible la
participación de una persona que no tenga hijos estudiando en el colegio.
Salvo lineamientos de la Resolución Secretarial 1624-2014; actualmente
la Asociación del CRFA no tiene norma que regule, especifique o defina su participación en el CRFA.
Con respecto a la Asociación del CRFA, la Resolución Secretaria General
N°1624-2014-MINEDU, menciona lo siguiente:
Para
los intereses educativos de esta forma de atención, los tutores legales,
padres, madres y demás miembros de la familia del estudiante y de la comunidad
se organiza en una asociación civil de derecho privado para la gestión del CRFA
desempeñando roles en los procesos de planificación, organización, ejecución,
acompañamiento y evaluación de la gestión institucional, pedagógica y
administrativa. Respecto a la gestión pedagógica, la referida asociación
coordina y se apoya en el director del CRFA, en su condición de responsable y
líder pedagógico.
Las
asociaciones CRFA pueden asociarse entre si, a nivel provincial, regional y
nacional, la referida conformación se denominara asociaciones de segundo piso.
Las
asociaciones de segundo piso permiten la interrelación e intercambio de
experiencias, gestionar beneficios comunes, relacionarse con mayor capacidad de
negociación con las dependencias públicas en los diferentes niveles, asimismo
su labor radica en evidenciar las necesidades, dificultades de los CRFA,
plantear soluciones y participar activamente en estas. Potencian la
participación de las familias y agentes locales en todo el proceso educativo
orientando a la formación integral de los y las estudiantes y la eficaz
contribución al desarrollo local, regional y nacional.
Como
podemos verificar en la mencionada RSG N°1624-2014-MINEDU no se especifica o se
detalla las funciones de la asociación del CRFA. Por ejemplo no se especifica el aporte de los socios ni la
naturaleza de sus bienes patrimoniales.
Si
los CRFAs se promueve en zonas rurales de comunidades dispersas; lugares en que
según las estadísticas sus pobladores son de escasos recursos económicos;
entonces como entender que se les quiera responsabilizar del sustento económico
que demanda el cumplimiento riguroso de las actividades, técnicas e instrumentos
que demanda la “educación en alternancia”, así como también el pago de cuotas a
las organizaciones de segundo piso como son UPCRFAS, URCRFAS, UNCRFAS, etc.
En las Instituciones Educativas públicas del Perú los padres de los
estudiantes se organizan en Asociación de Padres de Familia (APAFA) la misma
que esta normada en la Ley 28628; Ley que regula la participación de las
asociaciones de padres de familia en las Instituciones Educativas Publicas. En
esta ley se menciona en forma detallada la organización, roles y participación
de los padres de familia.
En los diferentes talleres nacionales de educación en alternancia a los
cuales he asistido se Afirmaba lo siguiente “La asociación del
CRFA es vital para la existencia de un CRFA; si no hay asociación, no hay CRFA”. Es curioso pero el CRFA de Valle
Arriba de Tambo tiene más de nueve años de funcionamiento, empezó su labor
educativa en cuatro ambientes prestados, con muchas carencias y necesidades; pero
gracias a las gestiones de su equipo pedagógico y la asociación de padres de
familia hoy en día cuenta con una moderna infraestructura; admirada y envidiada por otras entidades.
En el Perú existen Instituciones Educativas de gestión público privada,
generalmente parroquiales y exitosas; quienes han trabajado en estas
instituciones conocen de la disciplina y exigencias por parte de sus promotores
generalmente religiosos. Tanto religiosos y religiosas por su formación son
bien disciplinadas y tienen el respaldo de toda una congregación nacional e
internacional muy bien estructurada y dogmática.
Otra
situación de la realidad de las zonas rurales es que muchos de sus pobladores
no pueden asumir en forma organizada y justa las responsabilidades que demandan
sus hogares (económicas, afectivas, moral, social, etc.), entonces como esperar
que asuman la responsabilidades que
demandas institución educativa. La primera escuela de la vida, es EL HOGAR; son los padres los primeros responsables de la
formación de sus hijos; pero no existe escuela, ni universidad alguna que nos
enseñen a ser padres correctos. Cada quien lleva su hogar por imitación a como
fueron criados, algunos toman ciertos referentes otros por cuenta propia se instruyen al
respecto.
Es común culpar al estado de una sociedad corrupta, agresiva, con malos
hábitos de higiene, y de comunicación grosera y agresiva, pero como ciudadanos
y como padres debemos preguntarnos también ¿qué hijos aportamos a la sociedad?.
Como formar correctamente a un hijo si ni siquiera el mismo padre termino de
formarse como hijo y tuvo que asumir a muy temprana edad la responsabilidad de
ser padre. En el mejor de los casos con
todas sus deficiencias algunos jóvenes asumen la responsabilidad de ser padres, pero también existen quienes optan por huir
de esta responsabilidad, entonces tenemos un hogar disfuncional con hijos
abandonados y estos hijos si no tienen la formación de un buen hogar entonces
estos formaran parte del circulo que conciban y aporten a la sociedad hijos con
mala formación.
Es común también encargarle a la escuela y hacerle carga montón a fin de
que se solucionen los múltiples problemas de nuestra sociedad. Entonces se hace necesario trabajar el sexto objetivo
del Proyecto Educativo Nacional al 2021 “Una
sociedad que educa a sus ciudadanos y los compromete con su comunidad”. El
trabajo de la escuela es a formar ciudadanos a futuro pero es necesario también
formar al ciudadano sobre la marcha, aquel ser humano que sin darse cuenta se convirtió
en padre de familia y no tiene la más mínima idea de cómo asumir su
responsabilidad ni su ciudadanía
Los hábitos y formas de convivencia adquiridas en el hogar repercuten negativa
o positivamente en el desarrollo de la convivencia escolar y desde luego más
adelante en la sociedad, por ello es muy necesario educar a los padres y a la
comunidad sobre la marcha y no solo atreves de escuela de padres.
Es una realidad que ante la convocatoria de reunión de familias para
charlas o talleres de capacitación la asistencia es mínima; pero cuando una empresa
convoca a una reunión o taller informativo precedida por regalos o dotación de
víveres, la asistencia es al cien por ciento. Entonces esta idiosincrasia de
gran parte del poblador peruano, bien puede ser aprovechada por el estado a fin
de educar a sus ciudadanos aprovechando los programas de asistencia social; la
dotación o el beneficio del programa debiera estar precedido charlas o talleres
educativos que orienten a los padres de familia conducir una familia y formar a
sus hijos..…………
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